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Los peligros de vender DAP y DPU (Place)

La familia “D” de los Incoterms se desdoblan dependiendo si la entrega se produce en punto, ejemplo puerto de destino. O en lugar, ejemplo en las instalaciones del comprador en destino

DAP y DPU

 

Como ya he comentado en varios ocasiones (recomiendo la lectura del artículo La implicación jurídico-comercial de la entrega en los Incoterms de la “Familia D” ), los términos de entrega de la “Familia D” implican dos modos de entregas, en cada Incoterms, diferenciadas. Lo que provoca que éstos términos se desdoblen, igual que el Incoterms FCA.

Entrega en el medio de transporte principal (DAP) o descargada del medio de transporte principal (DPU). Denominados coloquialmente “Point”. Esta entrega se produce en la terminal de llegada en el país del importador.

Entrega en el medio de transporte interior (inland) o descarga del medio de transporte interior (inland). Denominadas coloquialmente “Place”. Esta entrega se produce en el interior del país de importación. Siendo los trámites de aduanas e impuestos a cargo del importador.

El desconocimiento mayoritario por empresas y operadores logísticos de la existencia de que la entrega se produzca, también, en la terminal de llegada. Bien en el medio de transporte de llegada, siendo la descarga por cuenta del importador en condiciones DAP (Point). Bien en la terminal siendo por cuenta del exportador la descargada DPU (Point). Lo anterior provoca que su uso (DAP y DPU) sea mayoritariamente en el interior del país de destino, normalmente las instalaciones del importador. Y ello por el gran desconocimiento en el uso de los Incoterms.

Aunque el DPU (Point) se asemeja al DAT de la versión 2010, la entrega no es la misma en una terminal marítima. Te recomiendo la lectura del artículo “Incoterms; DPU versus DAT. Lo que no te han contado, aún”.

Los peligros del DAP (Place) y DPU (Place)

En ambos términos, DAP Place y DPU Place, la descarga del medio de transporte de llegada (inland) es por cuenta y riesgo del vendedor que deja la mercancía en la terminal de contenedores del puerto donde atraque el buque para que el comprador desaduane la mercancía. Una vez desaduanada, el vendedor toma la mercancía y la transporta (inland) hasta el lugar acordado.

En términos DAP Place la descarga en las instalaciones del comprador es por cuenta y riesgo del comprador. Mientras que en DPU Place la descarga en las instalaciones del comprador es por cuenta y riesgo del vendedor.

Uso de cláusulas de temporalidad y exención de responsabilidad

Para limitar y controlar la responsabilidad del tiempo que el comprador tarde en desaduanar, en ambos términos, es aconsejable que el vendedor extienda una cláusula de temporalidad (tiempo máximo por el cuál el vendedor asumirá riesgos y costes de la mercancía en el patio de contenedores) Y una cláusula de exoneración de responsabilidad en el supuesto de que el comprador no pueda desaduanar la mercancía después de un tiempo determinado, ejemplo 21 días.

DPU “Place”: entregada en los medios de transporte de llegada, descargada

Ejemplo, DPU, 156, Avda. Independencia, Valparaíso, Chile, Incoterms 2020. El lugar de entrega pactado es el número 156 de la Avda. Independencia de la localidad chilena de Valparaíso. El medio de transporte de llegada es el interior (inland).

La descarga del medio de transporte principal, buque, es por cuenta y riesgo del vendedor que deja la mercancía en el “patio de contenedores” de la terminal portuaria para que el comprador desaduane la mercancía. Una vez desaduanada, el vendedor toma la mercancía y la transporta (inland) hasta el lugar acordado y la descarga.

El riesgo y el coste de la mercancía en el patio de contenedores es por cuenta del vendedor.

El vendedor pactará un término DPU “Place” solo cuando tenga la seguridad de dominar los medios mecánicos y humanos para la descarga en el lugar de destino designado. Ejemplo, instalaciones del comprador. De no ser así, deberá negociar un término DAP “Place”

Conclusión

El riesgo del vendedor cuanto pacta la entrega en las instalaciones del comprador sin descargar (DAP “Place”) o descargada (DPU “Place”) son muy elevadas. Es por ello imprescindible el uso de cláusulas adicionales de temporalidad y exoneración para el control del tiempo en el que incurre el comprador en desaduanar.

Además, el uso del DPU (Place) por parte de los exportadores conlleva a asumir un riesgo que por lo general es incontrolable. Ese riesgo recae en la descarga de la mercancía en las instalaciones del vendedor.

Este término, DPU (Place) no es aconsejable para negociar por un exportador.

Autor Alberto Rino

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