El Incoterms FOB es de los términos más antiguos en el comercio internacional marítimo y fue incorporado, junto al CIF en la primera versión de los Incoterrms de 1936. Además, es uno de los términos que se usa con mayor frecuencia por exportadores e importadores.
Significado del término FOB
Franco a bordo significa que el vendedor entrega la mercancía al comprador en el buque designado por el comprador en el puerto de embarque designado.
El riesgo de pérdida o daño de la mercancía se transmite (del vendedor al comprador) cuando la mercancía está a bordo del buque, y el comprador corre con todos los gastos desde ese momento en adelante.
Entrega (transmisión de la posesión de la mercancía y por ende del riesgo físico de la misma)
El vendedor debe entregar la mercancía colocándola a bordo del buque designado por el comprador en el punto de carga, si lo hay, indicado por el comprador en el puerto de embarque designado, en la fecha acordada o en el momento del plazo acordado notificado por el comprador.
Obligaciones del comprador
El comprador debe contratar a sus propias expensas el transporte de la mercancía desde el puerto de embarque designado. Salvo que se acuerde que el vendedor contrate el transporte en las condiciones usuales a riesgo y expensas (coste) del comprador.
El comprador debe dar aviso suficiente (referido al tiempo suficiente) al vendedor de cualquier requisito de seguridad relacionado con el transporte, del nombre del buque, del punto de carga y, si la hay, de la fecha de entrega seleccionada dentro del plazo acordado.
Transmisión de riesgos
El comprador corre con todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que se hayan entregado.
Si:
entonces el comprador corre con todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía.
Reparto de costos
El comprador debe pagar:
cualquier coste adicional contraído cuando el buque designado por el comprador no llega a tiempo, no se hace cargo de la mercancía, o dejar de admitir carga antes del momento notificado por el comprador.
Resumen
Cuando las partes pactan condiciones FOB y el buque designado por el comprador no llega a tiempo (se adelanta), no se hace cargo de la mercancía (ejemplo no realiza la escala prevista) o deja de admitir carga (deja la mercancía en el muelle/terminal). El comprador se hace cargo del riesgo de pérdida o daño de la mercancía y de los costes que se generen posteriormente. Desde la fecha acordada de entrega en el puerto o desde la finalización del plazo de entrega acordado.
Como consecuencia de lo anterior, el vendedor habrá cumplido con la entrega No cargada en el buque, sino entregada en el puerto de embarque, en el punto acordado (terminal/patio de contenedores). Convirtiéndose de facto en una entrega FCA Terminal/Muelle.
¿Por qué le llaman FOB si lo que quiere decir es FCA?
El término de venta FOB en las cartas de crédito
Como consecuencia de lo anterior, los vendedores que negocian FOB siendo el medio de pago pactado una carta de crédito, están en riesgo de no cumplir con el condicionante del crédito en la presentación del conocimiento de embarque marítimo y en el plazo máximo de embarque. Pudiéndose vencer el crédito sin haber accedido al cobro.
Por ello, es aconsejable cambiar el término FOB por el FCA y el conocimiento de embarque por el Forwarders Certificate Receipt (FCR), con el objetivo de cumplir con el condicionante del crédito y acceder al cobro.
Autor: Alberto Rino
ESNI Business School: el lugar donde reside el conocimiento del Siglo XXI
Para ser seguidor de ESNI aquí.
Para ser seguidor de Incoterms 2020, aquí
Para saber más de Incoterms, aquí
El comercio exterior ha evolucionado, no hagas las cosas por repetición, te convertirás en un “mono” . Avanza profesionalmente, adquiere los conocimientos del Siglo XXI.